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Coronavirus y consumidores
Posteado el 07/09/20 a las 1:08 pm por Candini y Asoc Estudio

El Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la provincia, a través de la Secretaría de Comercio Interior y Servicios dictó la Resolucion 244/20 que establece la suspensión de los plazos previstos en las garantías contractuales y legales por todo el período en que los consumidores se hayan visto imposibilitados de ejercer sus derechos en virtud del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO), dictado por el Decreto Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus modificatorios.

Esto significa que si quisieron hacer valer su garantía por inconvenientes con algún bien adquirido desde que comenzó el aislamiento, el plazo de la mencionada garantía se considera paralizado desde el dictado del Aspo, ya que se entiende que los consumidores no pudieron movilizarse, los locales se encontraban cerrados, y demás circunstancias que la cuarenta limitó.

Los proveedores de bienes y servicios deberán informar a los consumidores de manera cierta, clara y detallada la suspensión de los plazos de las garantías en sus sitios web o aplicaciones, siempre en la página de inicio y de modo visible.También deberán reiterar dicha información en el paso inmediatamente anterior al pago.

Cualquier incumplimiento a lo establecido en la presente resolución será sancionado conforme las previsiones de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor y sus modificatorias, siendo la Secretaría de Comercio Interior y Servicios de la provincia de Santa Fe la autoridad de aplicación de la referida norma.

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