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COMPRAS EN EL EXTERIOR PUERTA A PUERTA
Posteado el 12/09/16 a las 3:24 pm por Candini y Asoc Estudio

Con las resoluciones generales 3915 y 3916, la AFIP detalló el paso a paso que se debe cumplir todo comprador para poder recibir los objetos que adquieran en el exterior. 

El nuevo procedimiento.
El comprador recibirá en su domicilio de entrega una notificación del correo en la que se informa  de la llegada del producto a su nombre.
Una vez formalizada la comunicación el comprador debe ingresar al servicio con clave fiscal “Declaración Simplificada de Envíos Postales Internacionales”. Para tal trámite de debe ingresar el número de identificación del envío, agregando el valor y la descripción de la mercadería a recibir.
El nuevo sistema emite una la declaración jurada para su impresión y el Volante Electrónico de Pago (VEP) por los conceptos y valores a abonar. 
Este VEP estará vigente hasta la hora 24 del día de su generación; una vez cumplido el plazo, se anulará y el interesado deberá generar uno nuevo.
Realizado el pago, el comprador recibirá el envío en su domicilio Particular.
Una vez recibo el producto, el comprador deberá confirmar la recepción dentro de los 30 días corridos de recibido, utilizando su clave fiscal nivel 3 o superior. 
Si por cualquier motivo, el servicio aduanero decidiera suspender el envío a domicilio, el destinatario recibirá una nueva notificación informándole donde podrá concretar el trámite de retiro. 

Las claves del sistema.
* Las compras tienen un límite de peso e importe, de los cuales dependerá el envío a domicilio. Para Correo Argentino, es de hasta 2 kilos y 200 dólares, mientras que para los couriers es de hasta 50 kilos y 1.000 dólares.
El límite de precio siempre se calcula sobre el valor total del producto, sin incluir impuestos ni costo de envío.
* Cantidad de envíos a domicilio: Se establece un tope de cinco envíos por persona y año calendario con el correo privado. Para el correo oficial, no hay límite de envíos. 
* Franquicia de 25 dólares: este beneficio se otorga para las compras por correo oficial, no para el servicio privado. La franquicia está disponible en la primera compra y aplica para el cálculo impositivo sobre el producto.
* Límite de especies: se impuso un límite de compra de tres productos de la misma especie. Por ejemplo, se puede adquirir tres remeras durante un año calendario.
Ello no implica que en el mismo paquete se puedan traer más productos, siempre no se superen los limites de peso e importe. 
* Impuestos: Para las compras formalizadas por correo oficial, el gravamen alcanza el 50% del valor del producto. Los productos de hasta 25 dólares no pagan impuestos a la importación, y los que superen los u$s3.000 -que ya no llegan a domicilio- siguen el tratamiento de envío comercial.
* Volante Electrónico de Pago: El comprador debe generar un comprobante electrónico. 
Cuando la mercadería llega al país, el correo le avisa al destinatario y ahí deberá generar el VEP en la web de la AFIP. 
La entrega del producto a domicilio se hará efectiva luego de realizado el volante electrónico. 
* Ingresar en la página web, una vez recibido el producto: el consumidor deberá comunicar en la web del organismo que recibió el producto, y debe hacerlo dentro de los 30 días corridos de haberse efectivizado la entrega del producto en su domicilio.
Se debe tener un CUIT/CUIL y la clave fiscal con un nivel de seguridad 3, que significa tener los datos biométricos registrados (huella dactilar, fotografía y firma).
S el comprador del producto no lo hace durante los primeros 30 días después de recibida la mercadería / producto, el próximo envío que lo tiene como destinatario no podrá ser librado de la Aduana, y pasará al régimen general de importación.
* Obsequios: los límites y características que se explicaron en todos los puntos anteriores no se aplican sólo a la compra de productos. También aplica para los regalos que pueda recibir un destinatario que habita en territorio argentino. 

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